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viernes, 24 de enero de 2014

DIFERENCIAS ENTRE LOMCE Y LOE. (Tarea 2 de 3)

      A continuación destacaré las diferencias más relevantes entre ambas leyes, haciendo hincapié en los aspectos más importantes que se relacionan con nuestra labor como maestros de EI y EP, aunque también he incluido otras que me han parecido interesantes.

DEFINICIÓN DE CURRÍCULO.
      LOMCE incluye como nuevo elemento del currículo los estándares y resultados de aprendizaje evaluables.

DISEÑO DEL CURRÍCULO.
      Mientras que LOE destaca que serán las Administraciones educativas las encargadas, LOMCE señala que es al Gobierno a quién le corresponde llevar a cabo el diseño del currículo básico, estableciendo los objetivos, las competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados con el fin de propiciar una formación común en todo el territorio nacional.

ESTABLECIMIENTO DE CONTENIDOS BÁSICOS.
      Mientras que LOE establece que los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55% de los horarios escolares para las CCAA con lengua cooficial y el 65% para aquellas que no la tengan; LOMCE, lleva una distinción a la hora de establecer los porcentajes, así para Educación Primaria, ESO y Bachillerato, será un 50% y para Educación Infantil, Enseñanza de idiomas,…será un 55% para aquellas CCAA con lengua cooficial y el 65% para las que no lo tengan.


LA LOMCE HACE HINCAPIÉ EN:
      LOMCE establece que en todas las etapas educativas se apostará por una educación para la prevención de conflictos y resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial, en el del acoso escolar. Asimismo, se fomentará la prevención de la violencia de género.
      Por tanto LOMCE recalca el valor de la prevención y resolución pacífica de conflictos y valores que sustentan la democracia y los derechos humanos, además de dar importancia a la prevención de la violencia de género y al estudio del Holocausto judío como hecho histórico.

EDUCACIÓN INFANTIL.
      LOMCE no introduce ninguna modificación en torno a este tramo educativo.

ESTRUCTURA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
      Mientras que LOE establece que la EP está constituida por tres ciclos de dos años académicos, LOMCE establece que la EP está constituida por seis cursos, es decir, en EP ya no existirán los ciclos.

      ORGANIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
      LOMCE establece una nueva organización de las áreas en esta etapa que las clasifica del siguiente modo:
      Áreas del bloque de asignaturas troncales: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera.
      Áreas del bloque de asignaturas específicas: Educación Física, Religión o Valores Sociales y Cívicos (a elección de los padres).
      Áreas de asignaturas específicas (a escoger una): Educación Artística, Segunda Lengua Extranjera, Religión o Valores Sociales y Cívicos (a elección de los padres y según se haya escogido en el bloque anterior).

      Asimismo establece que en todas las áreas se trabajará la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Comunicación y la Información, el Emprendimiento y la Educación Cívica y Constitucional.
      
      Mientras que LOE establece como áreas de esta etapa, sin ninguna distinción: Conocimiento del Medio natural, social y cultural; Educación Artística, Educación Física, Lengua Castellana y Literatura, Lengua Cooficial y Literatura (si la hubiera), Lengua Extranjera y Matemáticas.

PROMOCIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.
      Mientras que LOE establece la promoción por ciclos, en LOMCE se promociona por cursos.

EVALUACIONES INDIVIDUALES EN EDUCACIÓN PRIMARIA.
      LOMCE fija que el centro educativo deberá llevar a cabo una evaluación individualizada al final del tercer curso, según lo dispuesto por las Administraciones  educativas con el fin de adoptar las medidas oportunas en caso de malos resultados. Pero además, fija una evaluación final de la etapa al finalizar el sexto curso, consistirá en una evaluación individualizada para conocer el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, competencia matemática y en competencias básicas como las relacionadas con la ciencia y la tecnología; a la vez, que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa. Los resultados de dichas evaluaciones se reflejarán en un informe con carácter informativo y orientador para el centro, la familia y el centro al que vaya asistir el alumno el próximo curso. Como en el caso anterior, los resultados de esta evaluación final permitirán establecer planes específicos para mejorar los posibles malos resultados.
      A diferencia de las evaluaciones que se realizarán en etapas posteriores, el niño promocionará aun habiéndolas suspendido; como se ha dicho, tienen una finalidad informativa y orientadora.
Sin embargo, en LOE no existe ninguna de las evaluaciones anteriores.

ESTRUCTURA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
      LOMCE propone que la ESO se estructurará en dos ciclos: el primero compuesto por tres cursos escolares y el segundo, por uno. Asimismo, incluye Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento a partir del segundo curso. Sin embargo, LOE establece que la ESO se estructura en dos ciclos compuestos, ambos, por dos cursos académicos, además en lugar del Programa de Mejora de la LOMCE, proponía los programas de diversificación desde el tercer curso, para facilitar a ciertos alumnos la consecución de los objetivos y las competencias básicas de la etapa.

EVALUACIÓN FINAL DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
      Mientras que LOE no la propone, LOMCE la introduce como novedad, ésta evaluación se realizará al final de la etapa y será necesario aprobarla para obtener el título en ESO más haber obtenido, como mínimo un 5 en dicha etapa.

BACHILLERATO
      En Bachillerato, LOMCE también propone la realización de una evaluación individual que al igual que en el caso anterior será necesario aprobar para obtener el título. Asimismo, las Universidades tendrán libertad para acoger al alumnado de acuerdo a los resultados de dicha prueba o bien, a partir de una prueba específica que propongan las mismas.

ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE.
      LOMCE incluye “las medidas de escolarización y atención” para este tipo de alumnado en las que se recalca la importancia de establecer las medidas necesarias para atender a dicho alumnado y la valoración temprana de sus necesidades. Además, la escolarización de estos alumnos se basará en los principios de normalización e inclusión, asegurando la no discriminación y la igualdad efectiva en el  acceso y permanencia en el sistema educativo.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR Y DEL DIRECTOR.

      LOMCE, a diferencia de LOE, otorga mayores funciones al director, mientras que les resta algunas competencias al Consejo Escolar.

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